GESTIÓN P. INTERNA

Requisitos de acceso

Requisitos de acceso Gestión Procesal Promoción Interna (Según última convocatoria)

Para ser personas admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera, los siguientes requisitos de participación:

4.1 Nacionalidad: tener la nacionalidad española.

4.2 Edad: tener dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa

4.3 Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalentes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

4.4 Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones propias del Cuerpo al que aspiran.

4.5 Habilitación:

a) No haber sido condenado o condenada por delito doloso a penas privativas de libertad, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.

b) No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpos o Escalas de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

c) No pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.

4.6 Para participar en este proceso de acceso por promoción interna, las personas aspirantes deberán reunir todos los requisitos que previamente se han establecido, con carácter general, para el acceso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, y además tener la condición de funcionario o funcionaria de carrera en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y acreditar en el mismo una antigüedad de, al menos, dos años como titular, interino o sustituto en dicho Cuerpo.

4.7 Todos estos requisitos deben reunirse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de toma de posesión.

Proceso selectivo

Descripción del proceso selectivo de Gestión Procesal Promoción Interna (Según última convocatoria)

I-A. Fase de oposición

1. La fase de oposición constará de un único ejercicio obligatorio, que se celebrará en el mismo día y a la misma hora para todas las sedes, pudiendo ser coincidente su desarrollo en el tiempo con cualquier otro proceso selectivo.

1.1 Ejercicio único. De carácter escrito y eliminatorio, consistirá en contestar un cuestionario tipo test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta. Las preguntas versarán sobre contenidos teóricos o de carácter práctico de las materias de derecho procesal del programa detallado en el anexo II de la presente Orden.

La duración de la prueba será de 100 minutos.

Se calificará de 0 a 100 puntos.

Las preguntas acertadas se valorarán con 1 punto; las preguntas no acertadas y las que contengan respuestas múltiples descontarán 0,25 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.

La puntuación obtenida por cada persona aspirante se corresponderá con el número de respuestas acertadas, hecha la deducción de las no acertadas.

El cuestionario propuesto por el Tribunal contendrá 104 preguntas, las 100 primeras ordinarias y evaluables y las 4 últimas de reserva. Si celebrado el examen, el Tribunal tuviera que anular una o más preguntas ordinarias, establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.

La nota mínima para aprobar el ejercicio será de 50 puntos, lo que permite pasar a la fase de concurso.

La plantilla correctora del ejercicio se publicará en el plazo máximo de dos días, a contar desde la realización del examen.

1.2 Reserva de nota: Las personas aspirantes que habiendo realizado el examen de la fase de oposición de la convocatoria inmediatamente anterior de promoción interna al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y hubieran obtenido una nota superior a la mínima fijada para aprobarlo (60 por ciento), pero no hubieran obtenido plaza, por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de aquella convocatoria, quedarán exentos de realizar en este proceso selectivo el examen de la fase de oposición pasando directamente a la fase de concurso. Esta reserva solo se reconocerá cuando el aspirante se presente al mismo cuerpo, ámbito territorial y turno (sistema general o cupo reserva personas con discapacidad), salvo que voluntariamente se presente al examen de la presente convocatoria para aumentar la nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase el examen, se le reservará la nota de la convocatoria inmediatamente anterior.

I-B. Fase de concurso

En esta fase, que solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 65 puntos, los siguientes méritos que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1. Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 39 puntos.

Se valorarán los servicios prestados a partir del 1 de enero de 2004, como personal titular, interino o sustituto en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración.

– Por cada mes completo de servicios prestados como personal sustituto o interino en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (antes Oficiales de la Administración de Justicia): 0,35 puntos.

– Por cada mes completo de servicios prestados como personal titular, sustituto o interino en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (antes Auxiliares de la Administración de Justicia): 0.30 puntos.

– Por cada mes completo de servicios prestados en los demás Cuerpos o Escalas generales al Servicio de la Administración de Justicia, en el de Letrados y Letradas de la Administración de Justicia (anteriormente denominado de Secretarios Judiciales) y en el de Jueces y Juezas o Fiscales: 0.25 puntos.

– Por cada mes de servicios prestados como personal laboral de la Administración de Justicia fijo o temporal: 0.15 puntos.

Los periodos inferiores al mes no se computarán, aunque, en el caso de ser varios, se sumarán los prestados en el mismo cuerpo, despreciándose, en su caso, una única fracción inferior al mes.

2. Méritos académicos: La puntuación máxima será de 26 puntos.

2.1 Títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español:

– 12 puntos por estar en posesión de la licenciatura o grado en Derecho.

– 8 puntos por estar en posesión de otra licenciatura, ingeniería, arquitectura, grado o máster oficial.

– 5 puntos por estar en posesión de otras diplomaturas, ingenierías o arquitecturas técnicas.

Se valorarán todos los títulos y grados aportados, independientemente de la titulación exigida para participar en el proceso selectivo.

La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 12 puntos.

2.2 Historial profesional.

2.2.1 Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, por las Consejerías de Justicia, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.

– Cursos de entre 15 y 29 horas 0,50 puntos.

– Cursos de entre 30 y 59 horas 1 punto.

– Cursos de 60 o más horas 1,50 puntos.

No se valorarán los cursos siguientes:

– Certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas, ni aquellos de 14 o menos horas lectivas.

– Los que formen parte de las enseñanzas del sistema educativo español, o sean conducentes a la obtención de títulos de los susceptibles de valoración en el apartado A de este baremo.

– Los derivados de procesos selectivos, ni los diplomas de participación en jornadas, simposios, seminarios y similares.

2.2.2 Cursos de formación en informática, recibidos e impartidos, y acreditados en los últimos diez años, por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, por las Consejerías de Justicia, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.

– Cursos de entre 15 y 29 horas 0,50 puntos.

– Cursos de entre 30 y 59 horas 1 punto.

– Curso de 60 o más horas 1,50 puntos.

Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez. No se valorarán los cursos en los que no conste el número de horas ni aquellos con 14 o menos horas lectivas.

La puntuación máxima a otorgar en este apartado 2.2 es de 13 puntos:

– Hasta 8 en el apartado 2.2.1 «conocimientos jurídicos».

– Hasta 5 en el apartado 2.2.2 «conocimientos de informática».

2.3 Conocimiento de idiomas extranjeros.

Se valorarán únicamente aquellos títulos que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas:

– Conocimientos de nivel C1 o C2: 1 punto.

– Conocimientos de nivel B1 o B2: 0,50 puntos.

No se valorarán los conocimientos de nivel básico o elemental.

La puntuación máxima total por este concepto será de 1 punto.

I-C. Evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco

1. Conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas.

Para las personas opositoras que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, finalizada la fase de oposición, se procederá a la evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas. La evaluación consistirá, en la acreditación del conocimiento de la lengua oficial de dicha Comunidad, mediante las certificaciones que hayan presentado oportunamente, o mediante la realización de una prueba de nivel de conocimientos.

La puntuación de la valoración del conocimiento de la lengua oficial de Comunidad Autónoma sólo será aplicable en el ámbito de la Comunidad Autónoma respectiva a los solos efectos de establecer el número de orden en la relación de personas aprobadas dentro del ámbito territorial por el que concurre el aspirante, por lo que deberá reflejarse separada de la obtenida en el ejercicio obligatorio y en la fase de concurso.

Se calificará con un máximo de 18 puntos de acuerdo con el nivel de conocimientos demostrados por el aspirante y los criterios valoración establecidos a continuación:

En el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra:

En las zonas vascófona y mixta que determina el artículo 5 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Euskera, de conformidad con lo establecido por el Decreto Foral 103/2017 de 15 de noviembre («Boletín Oficial de Navarra» de 30 de noviembre de 2017), el conocimiento oral y escrito del Euskera debidamente acreditado por medio de certificación de superación de cada uno de los niveles expedida por el órgano competente en la materia, supone el reconocimiento a estos solos efectos de hasta 18 puntos, según el nivel de conocimientos acreditado en los términos siguientes:

– Certificado de nivel B1 o títulos equivalentes: 6 puntos

– Certificado de nivel B2 o títulos equivalentes: 12 puntos

– Certificado de nivel C1 o títulos equivalentes: 18 puntos.

En el ámbito del País Vasco:

De acuerdo a lo establecido en el Decreto 86/1997, de 15 de abril por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Decreto 174/2010, de 29 de junio, de Normalización Lingüística de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

– Certificado de nivel B2 o Perfil Lingüístico 2 o títulos equivalentes: 6 puntos.

– Certificado de nivel C1 o Perfil Lingüístico 3 o títulos equivalentes: 12 puntos.

– Certificado de nivel C2 o Perfil Lingüístico 4 o títulos equivalentes: 18 puntos.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana:

– Certificado de grado elemental o de nivel B1: 6 puntos

– Certificado de grado medio o de nivel C1: 12 puntos

– Certificado de grado superior o de nivel C2: 18 puntos

La acreditación documental del conocimiento del valenciano se efectuará mediante la aportación de correspondiente certificado expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià.

En el ámbito de Cataluña:

De conformidad con el Decreto 3/2014, de 7 de enero, por el que se modifica el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán (DOGC núm. 6536, de 9 de enero de 2014) y el Decreto 180/2014, de 30 de diciembre, sobre el certificado de conocimientos de lenguaje jurídico (nivel J) (DOGC núm. 6780, de 31 de diciembre de 2014), el conocimiento oral y escrito del catalán y el conocimiento del lenguaje jurídico (nivel J) debidamente acreditados por medio de certificación de la Dirección General de Política Lingüística, y por el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada o equivalente, supone el reconocimiento solo a estos efectos de hasta 18 puntos según el nivel de conocimientos acreditados en los términos siguientes:

– Certificado de nivel B2 (hasta enero de 2014, nivel B) o títulos homologados: 6 puntos.

– Certificado de nivel C1 (hasta enero de 2014, nivel C) o títulos homologados: 12 puntos.

– Certificado de nivel C2 (hasta a enero de 2014, nivel D) o títulos homologados: 18 puntos.

– Certificado de conocimiento de lenguaje jurídico nivel J: 18 puntos.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia:

– Certificado Celga 4 o similar: 6 puntos.

– Curso de Lenguaje Jurídico Medio: 12 puntos.

– Curso de Lenguaje Jurídico Superior: 18 puntos.

La acreditación del conocimiento de idioma se efectuará mediante la aportación de los certificados de la Secretaría General de Política Lingüística o los equivalentes según la: Orden de 16 de julio de 2007, de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Xustiza, (DOG de 30 de julio de 2007) modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 por la que se modifica la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga), (DOG de 19 de febrero de 2014) y Orden de 1 de abril de 2005 (DOG de 14 de abril de 2005).

2. Evaluación de los conocimientos del Derecho Civil Vasco.

Para las personas aspirantes que concurran por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que así lo hubieran hecho constar en su solicitud, se procederá, en los mismos términos y con los mismos efectos que se han detallado en el apartado anterior, a la evaluación de sus conocimientos del Derecho Civil Vasco, otorgándose por este concepto seis puntos, que se reflejarán en todo caso separados de los obtenidos en los ejercicios obligatorios y sólo surtirán efectos para establecer el orden de prelación dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Para la realización y corrección de este ejercicio, el Tribunal Delegado podrá nombrar un asesor especialista.

Criterios de Valoración:

A) La documentación válida para aquellos opositores que opten por la acreditación documental, es la siguiente:

1. Licenciatura en Derecho, habiendo cursado como asignaturas:

Derecho Civil Foral y Autonómico del País Vasco.

– UD, Plan 1953: 90 horas.

– UD, Plan 1998: 60 horas.

Derecho Civil Foral y Autonómico del País Vasco 1.

– UD, Plan 1993: 30 horas.

2. Grado en derecho, habiendo cursado como asignatura Derecho Civil y Autonómico Vasco/ Derecho Civil Vasco (6 créditos ECTS)

3. Máster en Derecho Civil Vasco: 540 horas (54 créditos).

4. Diploma de especialización en Derecho Civil Foral del País Vasco-presencial: 220 horas (22 créditos).

5. Diploma de especialización en Derecho Civil Vasco online: 210 horas (21 créditos).

6. Doctorado en Derecho: (mínimo 60 horas: 6 créditos):

Título de doctor en Derecho, con tesis sobre Derecho Civil Vasco.

Cursos de doctorado en Derecho sobre Derecho Civil Vasco

7. Estudios Complementarios. El nuevo Derecho Civil Vasco: aspectos familiares y sucesorios (3 créditos ECTS).

B) Para aquellas personas opositoras que opten por realizar el examen, este consistirá en la contestación a un cuestionario tipo-test de 40 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es correcta.

Las respuestas acertadas se valorarán con 1 punto. Las respuestas incorrectas o las preguntas no contestadas no serán puntuadas. Para superar el ejercicio es preciso obtener un mínimo de 20 puntos.

El cuestionario versará sobre el temario siguiente:

Temario para examen

Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco:

1. De las fuentes del Derecho Civil Vasco. De los principios inspiradores de la Ley Civil Vasca. Del ámbito de aplicación de la Ley Civil Vasca.

2. De los principios de derecho patrimonial.

3. De las sucesiones. Disposiciones preliminares. De la sucesión testada. De las limitaciones a la libertad de testar.

4. De las sucesiones. De los pactos sucesorios. De la sucesión legal o intestada. Disposiciones comunes a las distintas formas de suceder.

5. Del régimen de bienes en el matrimonio. Del régimen legal. Del régimen de comunicación foral de bienes.

Ley 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho:

6. Parejas de hecho en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Disposiciones generales. Contenido de la relación de pareja. Adopción, acogimiento y régimen sucesorio. Extinción de la pareja de hecho.

Temario

Programa Gestión Procesal Promoción Interna (Según última convocatoria)

Tema 1. Cuestiones generales sobre el proceso civil: Las partes en el proceso civil: Capacidad procesal y capacidad para ser parte. Pluralidad de partes. Litisconsorcio activo y pasivo, su tratamiento procesal.

Tema 2. La representación y sus clases. Legitimación en el proceso civil. Asistencia letrada y representación procesal, estatuto jurídico, derechos y deberes. Intervención no preceptiva de estos profesionales. La intervención en los procesos civiles del Ministerio Fiscal y del Abogado del Estado.

Tema 3. Jurisdicción y competencia. Acumulación de acciones y de procedimientos, concepto. La tramitación de las cuestiones de jurisdicción y competencia. La competencia de los Tribunales Civiles: Objetiva, funcional y territorial, los fueros legales disponibles e indisponibles. Concepto y tramitación.

Tema 4. La Justicia de Paz. Organización y competencias, elección del Juez, la figura del Secretario del Juzgado de Paz. La justicia de paz en el ámbito de la cooperación jurisdiccional y en los procesos civiles y penales atribuidos a dichos Juzgados. Sistema de recursos contra las resoluciones dictadas por los Juzgados de Paz. Las Agrupaciones de las Secretarías de los Juzgados de Paz.

Tema 5. Los procedimientos declarativos en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000: Diligencias preparatorias, diligencias preliminares. Conciliación. Averiguación de hechos, aseguramiento y práctica anticipada de la prueba.

Tema 6. Procesos especiales: Procedimientos para la división judicial de patrimonios: A) De la división de la herencia. B) Procedimiento para la liquidación del régimen económico matrimonial.

Tema 7. Procesos especiales: El proceso monitorio. Concepto y características. Casos en que procede. Competencia. Procedimiento: Petición inicial y documentos. Admisión. Requerimiento de pago y posibles conductas del demandado. La transformación del procedimiento. La cosa juzgada. El proceso monitorio europeo. El juicio cambiario. Concepto y características. Naturaleza. Casos en que procede. Competencia. Procedimiento. La sentencia sobre la oposición y su eficacia.

Tema 8. Los procesos matrimoniales y sus clases. Competencia. Procedimientos: a) nulidad, separación y divorcio contencioso; b) separación o divorcio de mutuo acuerdo. Referencia a las crisis de las uniones estables de pareja. Medidas Provisionales. Medidas definitivas. Ejecución forzosa de los pronunciamientos sobre medidas. Los procesos especiales: Características comunes. Los procesos sobre la adopción de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad: Competencia, legitimación e intervención procesal, pruebas preceptivas en primera y segunda instancia, la sentencia y la revisión de medidas de apoyo judicialmente adoptadas.

Tema 9. Procedimientos de jurisdicción voluntaria: la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria. Disposiciones generales y normas comunes en materia de tramitación de los expedientes de jurisdicción voluntaria. Expedientes de jurisdicción voluntaria en materia de personas. Expedientes en materia de familia. Expedientes relativos al Derecho sucesorio. Expedientes relativos al Derecho de obligaciones. Expedientes relativos a los derechos reales. Expedientes de subastas voluntarias. Expedientes en materia mercantil. La conciliación.

Tema 10. Los recursos. Concepto. Clases de recursos. Efectos de los recursos y de su desistimiento. El depósito para recurrir. Los recursos de reposición y de revisión. El recurso de queja. El recurso de apelación. Apelación y segunda instancia; el derecho a la segunda instancia. Resoluciones contra las que procede apelación. Sustanciación del recurso. Oposición a la apelación e impugnación de la sentencia. La prueba en la apelación.

Tema 11. El recurso de casación. Características. Resoluciones recurribles. Motivos de recurso. Objeto y efectos del recurso. Competencia. Procedimiento. Sentencia y efectos. Medios de rescisión de las sentencias firmes. La audiencia al demandado rebelde. La revisión de las sentencias firmes.

Tema 12. La ejecución forzosa. El papel del Letrado de la Administración de Justicia en la ejecución. El título ejecutivo y sus clases: Judiciales y no judiciales; españoles y extranjeros. Ejecución de resoluciones extranjeras. Breve referencia al Título Ejecutivo Europeo. La demanda ejecutiva. Tribunal competente. Orden general de ejecución y despacho de la ejecución. Acumulación de ejecuciones. Oposición a la ejecución. Suspensión de la ejecución. Ejecución provisional. Concepto y naturaleza. Presupuestos. Despacho de la ejecución. Oposición a la ejecución provisional. Revocación o confirmación de la sentencia provisionalmente ejecutada.

Tema 13. Ejecución dineraria. Supuestos en que procede. Integración del título. Requerimiento de pago. Embargo de bienes. Reembargo. Tercería de dominio.

Tema 14. El procedimiento de apremio. Valoración de los bienes embargados. La subasta de los bienes trabados. Alternativas a la subasta judicial: El convenio de realización y la realización por persona o entidad especializada. La administración para pago. Tercería de mejor derecho. Especialidades de la ejecución sobre bienes hipotecados, pignorados o con garantía real.

Tema 15. Ejecuciones no dinerarias. Ejecuciones de dar, de hacer y de no hacer. Determinación de frutos y rentas. Liquidación de daños y perjuicios. Ejecución de sentencias que llevan aparejada la entrega de la posesión de un inmueble, especial referencia a las sentencias de ejecución de desahucios.

Tema 16. Las medidas cautelares: Concepto. Tipos de medidas cautelares. Tramitación con audiencia y sin audiencia al demandado. Oposición a las medidas cautelares. Ejecución de las medidas cautelares. Caución y caución sustitutoria.

Tema 17. Costas y gastos procesales. La condena en costas. La tasación de costas. La impugnación de las costas. Los intereses y su liquidación. La tasa judicial. Pagos, depósitos y consignaciones judiciales. Ingresos en el Tesoro Público. La Asistencia Jurídica Gratuita.

Tema 18. El Registro Civil: legislación vigente. Naturaleza, contenido y competencias. Derechos y deberes ante el Registro Civil y principios de funcionamiento. Estructura del Registro Civil. Las Oficinas del Registro Civil: Oficina Central, Oficinas Generales y Oficinas Consulares y sus funciones.

Tema 19. Títulos que acceden al Registro Civil. Los asientos registrales y sus clases: reglas generales para su práctica, inscripciones, anotaciones registrales y cancelaciones. Hechos y actos inscribibles en el Registro Civil: Inscripción de nacimiento y filiación; inscripciones relativas al matrimonio; inscripción de la defunción. Otras inscripciones.

Tema 20. Publicidad del Registro Civil: medios de publicidad. Las certificaciones y sus clases. Datos con publicidad restringida y acceso a asientos con datos especialmente protegidos. Régimen de recursos frente a decisiones adoptadas en materia de registro civil. Los procedimientos registrales: reglas generales para su tramitación y legitimación para promoverlos. Rectificación de los asientos del Registro Civil: rectificación judicial y rectificación por procedimiento registral. Las declaraciones con valor de simple presunción. Normas sobre derecho internacional privado.

Tema 21. El sistema procesal penal de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Principio del juez imparcial, separación de instrucción y enjuiciamiento. Principios del proceso penal. Competencia objetiva y funcional. Aforamientos y privilegios procesales. Inmunidad de jurisdicción. La competencia territorial. La inhibición de oficio y a instancia de parte; cuestiones de competencia territorial.

Tema 22. Las partes en el proceso penal: Ministerio Fiscal; acusador particular; perjudicado y acción popular; acusador privado. El ejercicio de la acción penal: de oficio o a instancia de parte. Denuncia; querella; atestado. Extinción de la acción penal: especial referencia a la renuncia. El ejercicio de la acción civil: El actor civil. El ofrecimiento de acciones. Extinción de la acción civil. El investigado o encausado. La rebeldía. El responsable civil. Representación y defensa de las partes. Defensa de oficio y beneficio de justicia gratuita.

Tema 23. Las medidas cautelares personales en el proceso penal. La citación judicial. La detención. La prisión provisional. La libertad provisional. Las fianzas en el proceso penal. Medidas limitadoras de derechos fundamentales: Pruebas biológicas; entrada y registro en lugar cerrado; intervención de comunicaciones postales, telegráficas, telefónicas e informáticas. Especial mención a las entregas controladas y a la figura del agente encubierto.

Tema 24. La prueba en el proceso penal. Medios de prueba. Proposición, admisión o denegación; prueba anticipada; proposición en el acto del juicio; prueba acordada «ex officio». El juicio oral. La suspensión del juicio oral: causas y consecuencias.

Tema 25. El proceso ante el Tribunal del Jurado. Competencia. Composición y constitución del Jurado: Estatuto jurídico de los jurados; su selección. La fase de instrucción y la fase intermedia. La fase de juicio oral: Trámites precedentes: Designación del Magistrado-Ponente; cuestiones previas; auto de hechos justiciables; celebración del juicio oral: La vista; suspensión del juicio oral. Posible disolución del Jurado: Sus causas. El veredicto: Determinación del objeto del veredicto, deliberación y veredicto; instrucción a los jurados; deliberación y votación; acta. Sentencia.

Tema 26. La tutela judicial ante los Juzgados de violencia sobre la mujer. Especialidades procesales. Pérdida de la competencia objetiva de los juzgados civiles cuando se produzcan actos de violencia sobre la mujer. Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas.

Tema 27. El procedimiento de Responsabilidad Penal del Menor. Principios reguladores. Las fases del procedimiento. Sentencia y régimen de recursos. Principios generales en la ejecución de las medidas.

Tema 28. Régimen general de recursos en el proceso penal. Los recursos no devolutivos: Reforma y súplica. Recursos devolutivos: La apelación en el proceso ordinario y en el procedimiento abreviado; El recurso de queja contra la inadmisión de otro recurso y como sustitutivo de la apelación. El recurso de casación penal. La revisión penal. El recurso de rescisión de la sentencia dictada contra reos ausentes. Los recursos contra las resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia.

Tema 29. La ejecución de sentencias penales. Los Juzgados y Tribunales sentenciadores; Juzgados de Vigilancia Penitenciaria y Administración Penitenciaria: sus respectivas funciones. Recursos contra las resoluciones de la Administración Penitenciaria y de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria. Tasación de costas. La ejecución civil en el proceso penal.

Tema 30. Recurso contencioso-administrativo: Capacidad procesal, legitimación, representación y defensa. Actos impugnables.

Tema 31. Recurso contencioso-administrativo: Diligencias preliminares. Interposición del recurso y reclamación del expediente. Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso.

Tema 32. Disposiciones comunes a los procedimientos contencioso-administrativos: Plazos. Medidas cautelares. Incidentes e invalidez de actos procesales. Costas procesales. Ejecución de sentencias.

Tema 33. El proceso laboral: Principios que lo informan. Competencia objetiva y territorial. Cuestiones de competencia. Representación y defensa en el procedimiento laboral. El Fondo de Garantía Salarial. Justicia gratuita.

Tema 34. La evitación del proceso: Conciliación previa y reclamación administrativa previa. El proceso ordinario: demanda, conciliación y juicio. Recursos: De suplicación y de casación para la unificación de doctrina; disposiciones comunes a ambos recursos.

Tema 35. El Concurso de acreedores. Concepto de concurso: sus tipos, la competencia objetiva y territorial. La administración concursal. Aspectos procesales: Procedimiento ordinario. Las secciones del concurso. El incidente concursal. Los recursos. El preconcurso: Presupuestos. Efectos de la comunicación de apertura de negociaciones sobre acciones y procedimientos ejecutivos, el procedimiento de aprobación y homologación de los planes de reestructuración. El procedimiento especial para microempresas: ámbito de aplicación y reglas procesales especiales del procedimiento.

TRAMITACIÓN P. INTERNA

Requisitos de acceso

Requisitos de acceso a Tramitación Promoción Interna (Según última convocatoria)

Para ser admitidas o admitidos a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera, los siguientes requisitos de participación:

– Nacionalidad: tener la nacionalidad española.

– Edad: tener dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

– Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachillerato o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

– Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del cuerpo al que aspiran.

– Habilitación:

a) No haber sido condenado o condenada por delito doloso a penas privativas de libertad, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.

b) No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de personal funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

c) No pertenecer al mismo cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.

– Para participar en los procesos de acceso por promoción interna, las personas aspirantes deberán reunir todos los requisitos que previamente se han establecido, con carácter general, para el acceso al Cuerpo de que se trate, y además tener la condición de funcionario o funcionaria de carrera en el Cuerpo de Auxilio Judicial y acreditar en el mismo una antigüedad de, al menos, dos años como titular o interino en dicho cuerpo.

Todos estos requisitos deben reunirse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de toma de posesión. INFO: 6/03/2024

Proceso selectivo

Proceso selectivo de Tramitación Promoción Interna 

La fase de oposición.

Constará de un único ejercicio obligatorio, que se celebrará en el mismo día y a la misma hora en todas las sedes.

1.1 Ejercicio único.

De carácter escrito y eliminatorio, consistirá en contestar un cuestionario tipo test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta. Las preguntas versarán sobre contenidos teóricos o de carácter práctico de las materias del programa detallado en el anexo II de la presente orden.

La duración de la prueba será de 100 minutos.

Se calificará de 0 a 100 puntos.

Las preguntas acertadas se valorarán con 1 punto; las preguntas no acertadas y las que contengan respuestas múltiples, que se considerarán erróneas, descontarán 0,25 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.

La puntuación obtenida por cada persona aspirante se corresponderá con el número de respuestas acertadas, hecha la deducción de las erróneas.

El cuestionario propuesto por el Tribunal contendrá 104 preguntas, las 100 primeras ordinarias y evaluables y las 4 últimas de reserva. Si celebrado el examen, el Tribunal tuviera que anular una o más preguntas ordinarias, establecerá, en el mismo Acuerdo, la sustitución de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden. El ejercicio se aprueba obteniendo un total de 50 puntos, lo que permite pasar a la fase de concurso. La plantilla correctora del ejercicio se publicará en un plazo máximo de dos días, a contar desde la finalización de la prueba.

1.2 Reserva de nota: las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición de la convocatoria inmediatamente anterior de promoción interna al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, con una nota superior a la mínima fijada (60 por ciento), pero no hubieran obtenido plaza, por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de aquella convocatoria, quedarán exentos de realizar en este proceso selectivo el examen de la fase de oposición. Esta reserva solo se reconocerá cuando el aspirante se presente al mismo cuerpo, ámbito territorial y turno (sistema general o cupo reserva personas con discapacidad), salvo que voluntariamente se presente al examen de la presente convocatoria para aumentar la nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase el examen, se le reservará la nota de la convocatoria inmediatamente anterior.

FASE DE CONCURSO

En esta fase, solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 65 puntos, los siguientes méritos que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1. Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 39 puntos. Se valorarán los servicios prestados a partir del 1 de enero de 2004 como personal titular, interino o sustituto en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración.

– Por cada mes de completo de servicios prestados como personal sustituto o interino en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (antes Auxiliares de la Administración de Justicia): 0,35 puntos.

– Por cada mes completo de servicios prestados como personal titular o interino en el Cuerpo de Auxilio Judicial (antes Agentes de la Administración de Justicia): 0,30 puntos.

– Por cada mes de servicios prestados en los demás Cuerpos o Escalas generales al Servicio de la Administración de Justicia, en el de Letrados y Letradas de la Administración de Justicia (anteriormente denominado de Secretarios Judiciales) y en el de Jueces y Juezas o Fiscales: 0,25 puntos.

– Por cada mes de servicios prestados como personal laboral de la Administración de Justicia fijo o temporal: 0,15 puntos.

Los periodos inferiores al mes no se computarán, aunque, en el caso de ser varios, se sumarán los prestados en el mismo cuerpo, despreciándose, en su caso, una única fracción inferior al mes.

2.Méritos académicos: La puntuación máxima será de 26 puntos.

2.1 Títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español, superiores a la titulación utilizada para participar en este proceso selectivo:

– 12 puntos por estar en posesión de la licenciatura o grado en Derecho.

– 8 puntos por estar en posesión de otra licenciatura, ingeniería, arquitectura, grado o máster oficial.

– 5 puntos por estar en posesión de otras diplomaturas, ingenierías o arquitecturas técnicas. La puntuación máxima para otorgar en este apartado será de 12 puntos.

2.2 Historial profesional.

2.2.1 Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, por las Consejerías de Justicia, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.

– Cursos de entre 15 y 29 horas 0,50 puntos.

– Cursos de entre 30 y 59 horas 1 punto.

– Cursos de 60 o más horas 1,50 puntos. No se valorarán los cursos siguientes:

– Certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas, ni aquellos de 14 o menos horas lectivas.

– Los que formen parte de las enseñanzas del sistema educativo español, o sean conducentes a la obtención de títulos de los susceptibles de valoración en el apartado A de este baremo.

– Los derivados de procesos selectivos, ni los diplomas de participación en jornadas, simposios, seminarios y similares.

2.2.2 Cursos de formación en informática, recibidos e impartidos, y acreditados en los últimos diez años, por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, por las Consejerías de Justicia, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.

– Cursos de entre 15 y 29 horas 0,50 puntos.

– Cursos de entre 30 y 59 horas 1 punto.

– Cursos de 60 o más horas 1,50 puntos. Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez. No se valorarán los cursos en los que no conste el número de horas ni aquellos con 14 o menos horas lectivas. La puntuación máxima para otorgar en este apartado 2.2 es de 13 puntos.

– Hasta 8 en el apartado 2.2.1 «conocimientos jurídicos».

– Hasta 5 en el apartado 2.2.2 «conocimientos de informática».

2.3 Conocimiento de idiomas extranjeros.

Se valorarán únicamente aquellos títulos que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Europeo de Referencia para las Lenguas:

– Conocimientos de nivel C1 o C2: 1 punto.

– Conocimientos de nivel B1 o B2: 0,50 puntos.

No se valorarán los conocimientos de nivel básico o elemental. La puntuación máxima total por este concepto será de 1 punto. INFO 6/03/2024

Temario

Temario Tramitacion Procesal Promoción Interna (Según última convocatoria)

Tema 1. Los Derechos Humanos en el ámbito universal, europeo y español. El artículo 14 de la C.E.: la no discriminación por razón de sexo. Especial referencia a las Leyes Orgánicas 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. La igualdad de sexo en el ámbito jurídico civil. Consecuencias penales de la discriminación por razón de sexo. La igualdad de sexo en el ámbito jurídico laboral. La conciliación familiar.

Tema 2. La carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia. Derechos de información, de atención y gestión, de identificación de actuaciones y funcionarios, derechos lingüísticos. Derechos frente a los profesionales que asisten y representan al ciudadano: Abogados, Procuradores, Graduados Sociales. El Derecho a la Justicia Gratuita en la Carta de Derechos. El plan de Transparencia Judicial.

Tema 3. La modernización de la oficina judicial. La nueva oficina judicial. Su regulación en la Ley Orgánica del Poder Judicial. La administración de justicia y las nuevas tecnologías. Código de Conducta para usuarios de equipos y sistemas informáticos al servicio de la Administración de Justicia. El expediente digital y la presentación telemática de escritos y documentos. La firma digital, el correo electrónico. Incidencia de la legislación de protección de datos en el uso de las aplicaciones informáticas.

Tema 4. Cuerpos de Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. Cuerpos Generales y Cuerpos Especiales: Definición y Cuerpos que los integran. Cuerpos Especiales: el Cuerpo de Médicos Forenses: Funciones, formas de acceso, Promoción interna. Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. La rehabilitación. Derechos, deberes e incompatibilidades. Jornada y horarios. Vacaciones, permisos y licencias.

Tema 5. Los procedimientos declarativos en la Ley de Enjuiciamiento Civil: juicio ordinario y verbal.

Tema 6. Los procedimientos de ejecución en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Clases de ejecución: disposiciones generales de cada una de ellas. Especial referencia a la libranza de mandamientos, efectividad de los embargos acordados en el decreto acordando medidas ejecutivas concretas para llevar a cabo lo dispuesto por la orden general de ejecución y en los decretos de mejora, averiguación patrimonial, preparación procesal de la vía de apremio de muebles e inmuebles, actas de celebración de subastas y trámite de depósito judicial. Las medidas cautelares.

Tema 7. Procesos especiales en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Especial consideración a los procesos matrimoniales y al proceso monitorio. El requerimiento de pago en el procedimiento monitorio. El juicio cambiario.

Tema 8. La jurisdicción voluntaria: Naturaleza y clases de procedimientos. Especial referencia a los actos de conciliación.

Tema 9. Los procedimientos penales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal; ordinario, abreviado y de jurado.

Tema 10. Procedimiento de juicio sobre delitos leves. Juicios Rápidos. La ejecución en el proceso penal, con especial referencia a la ejecución de los delitos leves. La pieza de responsabilidad civil en el proceso penal.

Tema 11. Recurso contencioso-administrativo. Procedimiento ordinario, abreviado y especiales.

Tema 12. El proceso laboral. Procedimiento ordinario. Procedimiento por despido. Procesos de seguridad social.

Tema 13. Recursos. Cuestiones generales sobre el derecho al recurso. El depósito para recurrir. Los recursos en el ámbito civil: reposición, revisión contra resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia, queja, apelación y casación. Los recursos en el procedimiento penal: reforma, apelación y queja y Recursos extraordinarios. Los recursos contra las resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia.

Tema 14. Los actos procesales. Requisitos de los actos procesales: a) lugar; b) tiempo: Términos y plazos: Cómputo de los plazos; c) forma (consideración de la lengua oficial). Defectos de los actos: nulidad, anulabilidad, irregularidad; subsanación de defectos.

Tema 15. Las resoluciones de los órganos judiciales. Clases de resoluciones judiciales: Contenido y características. Las resoluciones de los órganos judiciales colegiados. Las resoluciones del Letrado de la Administración de Justicia.

Tema 16. Los actos de comunicación con otros Tribunales y Autoridades: oficios y mandamientos. El auxilio judicial: los exhortos y los mandamientos en el proceso penal. Cooperación jurídica internacional: las comisiones rogatorias.

Tema 17. Actos de comunicación a las partes y otros intervinientes en el proceso: notificaciones, requerimientos, citaciones y emplazamientos. Notificaciones, citaciones y mandamientos en el proceso penal. Formas de notificación y nuevas tecnologías.

Tema 18. El Registro Civil. Organización actual de los Registros Civiles en España. Funcionarios encargados de los mismos. Libros y Secciones del Registro. Libros auxiliares.

Tema 19. Actas del Registro. Inscripciones de nacimiento, matrimonio y defunción. Nacionalidad y vecindad civil. Certificaciones. Expedientes del Registro Civil.

Tema 20. Conceptos de archivo judicial y de documentación judicial en relación con la legislación vigente en materia de archivos judiciales. Formas de remisión de documentación judicial y relaciones documentales. Nuevas tecnologías en los archivos judiciales de gestión. Las juntas de expurgo de la documentación judicial.

INFO 6/03/2024